Con aportes a seguridad social, el costo por este servicio es cercano a 1’500.000 pesos.
Si usted cuenta con una la ayuda de una empleada doméstica para llevar a cabo las labores de su hogar, es importante que tenga en cuenta que como empleador debe asumir por ley los gastos que le representan el servicio de estas personas.
De acuerdo con la plataforma Symplifica, una empleada o niñera que gane un salario mínimo en realidad puede representar para su empleador hasta 1.479.684 pesos mensuales. Conozca a continuación los costos que le representa esta ayuda.
Salario base
Además del pago del salario, usted debe hacerse cargo de un porcentaje de los gastos de seguridad social de la persona que le ayuda en su casa. En este sentido, el salario base para las empleadas domésticas es el mismo que para el resto de trabajadores que devenguen un salario mínimo, que para 2020 es 877.802 pesos más el auxilio de transporte que corresponde 102.854 pesos. Así, la tarifa base que deben recibir mensualmente las personas que trabajen 48 horas a la semana en su hogar es de 980.657 pesos.
Aportes a seguridad social
En lo referente a los aportes, un empleado doméstico debe contribuir a la salud con 109.725 pesos mensuales, de los cuales el empleador debe asumir 74.613 pesos. Asimismo, 140.448 pesos deben ser el aporte de los trabajadores domésticos a pensión, de los cuales quien contrata asume un porcentaje del 12 por ciento del total del salario mínimo del empleado, es decir, 105.336 pesos.
Sin embargo, recuerde que tanto los riesgos profesionales, los cuales tienen un valor que varía entre 4.582 y 21.383 pesos, como la caja de compensación (35.112 pesos mensuales), deben ser asumidos al 100 por ciento por el empleador.
Trabajadoras domésticas por días
En el caso de las empleadas domésticas que trabajan por días el salario base no puede ser inferior a 29.260 pesos diarios más el valor del subsidio de transporte que debe ser de 3.428 pesos al día.
Pago en especie
La ley estipula que para casos donde las empleadas domésticas son internas usted como empleador puede realizar pagos en especie, es decir, que la alimentación y el hospedaje pueden ser percibidos como un porcentaje del pago a estas personas. Sin embargo, tenga en cuenta que este acuerdo debe quedar estipulado en el contrato desde el inicio y solo puede representar el 30 por ciento del valor del salario destinado a la trabajadora.
Provisiones para las prestaciones sociales
La plataforma Symplifica, además, recomienda a los empleadores realizar ahorros anuales para las prestaciones sociales de las personas que colaboran con las actividades del hogar. En este sentido, es importante que prevea que en ciertos periodos del año debe cancelar a su trabajadora un valor correspondiente a las cesantías, los intereses de cesantías, la prima de servicios y la dotación, valores que según Omar Perdomo, gerente de Symplifica, pueden representar hasta 300.000 pesos adicionales.
TOMADO DE EL TIEMPO
Deja una respuesta