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EN GARZÓN SE IMPLEMENTARÁN PLANES PILOTO PARA REAPERTURA GRADUAL

DE LOS RESTAURANTES

Así se confirma en el Decreto 156 emanado por la alcaldía municipal en donde se establecen las disposiciones dentro de la denominada nueva normalidad.

La adopción de medidas transitorias para el retorno gradual y progresivo a la normalidad se confirma en el Decreto 156 del 3 de septiembre de 2020, emanado por la alcaldía municipal en Garzón.

En el documento oficial se indica que, la aplicación del toque de queda en toda la jurisdicción del municipio de Garzón a partir del día cuatro de septiembre hasta el primero de octubre del presente año, todos los días desde las 10:00 pm y hasta las 5:00 am del día siguiente.

En el mencionado Decreto se exceptúan los vehículos de servicio púbico, Cruz Roja, Defensa Civil, Bomberos y demás organismos de socorro, Defensoría del Pueblo, Rama Judicial, y Fiscalía General de la Nación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y demás funcionarios públicos que estén al servicio del estado para garantizar el orden público.

También las autoridades de tránsito y transporte y autoridades de policía, el personal de vigilancia privada y celaduría, miembros de la Fuerza Pública, del Ministerio Público e INPEC, personal de emergencia médica y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes, siempre y cuando cuenten con plena identificación de la institución prestadora del servicio a la cual pertenecen. Así mismo, personal sanitario, ambulancias, vehículos de atención prehospitalaria y de distribución de medicamentos a domicilio, funerarias, funcionarios que deban efectuar servicios públicos.

De la misma manera, se indica respecto a la implementación de planes piloto para la reapertura gradual de los restaurantes con servicio presencial y a la mesa en el municipio de Garzón.

La implementación de estos planes piloto debe ajustarse a los lineamientos establecidos en el Protocolo de bioseguridad aprobado por la Secretaría de Salud Municipal y la autorización de la Secretaría General y de Convivencia Ciudadana, reza en el escrito institucional.

El control y la verificación de cumplimiento de esta medida estará en cabeza de la Secretaría de Salud y la Secretaría General y de Convivencia Ciudadana y el incumplimiento dará lugar a las medidas correctivas establecidas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia, en especial la suspensión de la actividad.

LA VOZ DE LA REGIÓN 

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