Solo durante el primer día de convocatoria se recibieron más de 1.000 postulaciones, los recursos actuales de la Caja de Compensación Familiar del Huila alcanzan para aproximadamente 600 cesantes.
Diariamente, más de 1.000 personas han solicitado el beneficio de subsidio por desempleo en Huila, desde que la Caja de Compensación Familiar informó que ya estaba habilitado el sistema para aplicar a la ayuda.
Comfamiliar reveló que en los tres primeros días hábiles el total de requerimientos ascendía a 3.471, por lo que seguramente las postulaciones continuarán incrementándose durante las próximas semanas cuando la crisis económica se agudice más.
La acogida ha sido bastante representativa, sin embargo, los recursos de la Caja son limitados, dependen de los ingresos por aportes parafiscales del 4% que realizan las empresas, del valor total de sus nóminas. Con el dinero que actualmente se cuenta, podrían favorecerse aproximadamente 628 cesantes. ¿Qué pasaría con los demás?
Para atender las 3.471 personas que se postularon, se necesitan recursos por el orden de los $11.985 millones, pero actualmente se cuenta solamente con $2.170 millones. “Nosotros ya enviamos el primer reporte al Gobierno Nacional de las estadísticas de los cesantes postulados y de los recursos existentes, para que se determine si se inyectarán recursos adicionales para poder atender la demanda”, manifestó Luis Miguel Losada Polanco, director administrativo de Comfamiliar Huila.
Ninguna otra ayuda
Los requerimientos arrojan un panorama del acelerado aumento de despidos en el departamento de los últimos meses. Muchas de las personas que se han postulado perdieron su empleo antes de que si quiera llegara la pandemia al país, que ahora amenaza con hacer mella y superar datos históricos en población desocupada.
Sea cual fuere la situación de aquellos que perdieron la posibilidad de generar ingresos, el escenario es de una profunda preocupación dada la situación económica por la que atraviesa el país. Los empleadores se han visto obligados a realizar recortes de personal, congelación de contratos y numerosos despidos para tratar de mantener a flote sus empresas.
El sector de turismo: hoteles, agencias de viaje, transporte y comercio turístico; y construcción, han sido unos de los más perjudicados y son precisamente de los que más generan empleos en el país.
También están teniendo impactos negativos la minería, industria, actividades financieras, de recreación e inmobiliarias.
El llamado
El director administrativo de Comfamiliar, también manifestó que las Cajas de Compensación son las aliadas estratégicas naturales del Gobierno Nacional de las políticas sociales para mitigar los impactos económicos causados por el covid-19, “pero estos subsidios de emergencia al desempleo, se están atendiendo con los recursos de Comfamiliar Huila, proveniente de los aportes parafiscales del 4%, aportados por los empresarios huilenses”. Y urgieron acciones para garantizar que todos quienes cumplan con los requisitos puedan acceder al monto económico.
Recordó que “la Caja, como la organización emblemática de los huilenses, es líder de los programas sociales más importantes de la región, ha estado pendiente de la situación de los trabajadores y de las familias de menores ingresos, en esta emergencia sanitaria ocasionada por el covid-19, para otorgar subsidios al desempleo a las personas que han perdido su empleo en esta coyuntura tan crítica por la que estamos pasando”.
El beneficio
El subsidio al desempleo, es una ayuda económica que estableció el Gobierno Nacional, mientras permanezca el Estado de Emergencia Económica Social y Económica declarada.
Está dirigido a personas cesantes, que aportaron a las Cajas de Compensación 12 meses continuos o discontinuos en los últimos 5 años. Los beneficiarios reciben lo equivalente a 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($1.755.606), que se entregarán en 3 mensualidades iguales ($585.202) y hasta por máximo 3 meses o hasta que dure la emergencia.
Aplica para personas independientes o dependientes, Categoría A o B, que se encuentren cesantes y que en los últimos 3 años no se hayan favorecido con el Mecanismo de Protección al Cesante.
Una vez el cesante sea notificado que fue beneficiario del subsidio, los dineros se consignarán en la cuenta bancaria que el postulante certifique.
La Caja cuenta con 10 días hábiles contados a partir de la recepción del formulario para estudiar la documentación presentada y se informará por el correo electrónico que registraron los postulados, si cumplió o no cumplió con los requisitos y si calificó para el Subsidio de Emergencia.
Tenga en cuenta
- La ayuda también ampara a aquellas personas que no reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante 1 año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años, así se contempla en la resolución No. 853 del 30 de marzo que expidió el Ministerio del Trabajo.
- Las personas cesantes que se postulen para recibir el mencionado beneficio, tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre 1 salario mínimo legal mensual vigente.
- Adicionalmente, recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar.
- De igual forma, se le cubrirá una transferencia económica para los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los que se dividirán en 3 mensualidades iguales.
- Los cesantes a quienes ya se les haya reconocido las prestaciones derivadas del Mecanismo de Protección al Cesante, perderán los beneficios en caso que obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada, que renuncie a las prestaciones económicas del Mecanismo y en caso que rechace, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella le permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.
LA NACIÓN