Son muchos los derechos pero también los deberes que tiene el ciudadano con relación a la aplicación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Aquí los puede conocer.
Conocer el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, les permitirá a los ciudadanos comprender los derechos y deberes que les asisten, las medidas correctivas y procedimientos de los que pueden ser sujetos y las instancias de participación y control social que contempla esta ley.
LA NACIÓN le da a conocer a los ciudadanos los alcances de la ley 1801 de 2016, con el fin de sensibilizar a la comunidad frente a las condiciones que provee el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
‘Cumpliendo mis deberes ciudadanos, construyo convivencia’
Todo ciudadano tiene derechos y deberes y dentro de un procedimiento judicial no están absueltos; por desconocimiento de los mismos, en ocasiones existen conductas contrarias a la ley. Para ello, además de evitar comportamientos contrarios a la misma, deben regular su comportamiento a fin de respetar a las demás personas.
Derechos
- Ser tratado con respeto.
- El Policía deberá identificarse, mostrando su placa y carné policial.
- Conocer del presunto comportamiento contrario a la convivencia en que pudo incurrir.
- Podrá expresar la motivación de su comportamiento.
- Si no está de acuerdo con la medida correctiva de la multa señalada en la orden de comparendo, usted podrá objetarla ante el Inspector de Policía, así mismo aquella que señale participación en programa comunitario o actividad pedagógica, también usted podrá hacer uso del recurso de apelación cuando la medida correctiva sea de competencia de la Policía Nacional.
- Para el caso de las multas generales tipo 1 y 2, podrá por iniciativa propia conmutar la medida correctiva en participación en programa comunitario o actividad pedagógica y solicitar el cambio del pago de la multa señalada en el comparendo. Recuerde ciudadano, que en el transcurso de un año a partir de la imposición de la medida correctiva vuelva a incurrir en la misma conducta, no podrá acceder a los beneficios contemplados.
- Una vez cumplida la participación en programa comunitario o actividad pedagógica, la alcaldía municipal le deberá entregar un certificado de la asistencia.
- Si usted decide pagar la multa, al hacerlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la expedición a la orden de comparendo, obtendrá un descuento del 50% por pronto pago.
Cifras
Huila
Para el Departamento de Policía Huila, a la fecha las órdenes de comparendo son 9.365, por la realización de comportamientos contrarios a la convivencia, de los cuales más 7.067 están relacionados a comportamientos contrarios con el aislamiento preventivo obligatorio.
LA NACIÓN
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