Un juzgado de garantías de Garzón, rechazó la solicitud de revocatoria de la medida de aseguramiento o su eventual sustitución al mandatario elegido pero no posesionado, Carlos Alberto Murcia. En su criterio, siguen latentes los peligros para obstruir la justicia e interferir con el proceso penal en curso.
El alcalde electo de El Agrado (Huila). Carlos Alberto Murcia, seguirá privado de su libertad en la cárcel Las Mercedes de Garzón. La posibilidad de
La Jueza Segunda Penal Municipal de Garzón con funciones de control de garantías, dejó en firma la medida de aseguramiento proferida en diciembre del año pasado por supuestos actos de corrupción electoral.
La revocatoria o en su lugar la detención domiciliaria, solicitada la semana pasada por el abogado Iván Cancino, no prosperó.
En contraste, la ex alcaldesa, Waldina Losada Vega y la concejal electa (no posesionada) Bertilda Ramírez Valderrama investigadas por los mismos hechos, obtuvieron la detención domiciliaria.
En este caso, el juez Primero Penal del Circuito de Garzón, Juan Carlos Bolaños Motta revocó el 8 de julio pasado la medida de aseguramiento y les concedió el beneficio de casa por cárcel, bajo caución prendaria.
La sustitución de la medida fue presentada en junio pasado por los abogados Sheiber Cuenca Galindo y Sebastián González, argumentando que aunque no se presentan nuevos elementos materiales probatorios, las condiciones jurídicas de las procesadas si cambiaron.
Otra mirada
Sin embargo, otra mirada tuvo la juez de garantías que estudio la misma petición para el alcalde electo, quien no ha podido posesionarse por estar privado de su libertad.
El joven dirigente conservador fue capturado el 12 de diciembre de 2019, tres semanas después de haber sido elegido.
Por los mismos hechos fueron detenidas la alcaldesa de la época Waldina Losada Vega, y la presidenta del concejo Bertilda Ramírez Valderrama.
La fiscal especializada, Martha Lucía Osorio Lozano, les imputó los delitos de los delitos de concierto para delinquir, fraude en inscripción de cédulas y corrupción de sufragante.
Los tres tienen medida de aseguramiento con detención preventiva. Solo que a las dos últimas, el Juez Primero Penal del Circuito, les concedió el beneficio de detención domiciliaria.
La medida de aseguramiento fue proferida por el Juzgado Octavo Penal de Neiva en diciembre de 2019. La decisión fue impugnada.
Al resolver el recurso, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva mantuvo incólume la medida en un auto proferido el 29 abril de 2020.
Una vez se reactivó el proceso, la Fiscalía presentó el escrito acusación el 12 de mayo de 2020.
Por competencia el conocimiento le correspondió al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Garzón. La acusación fue adicionada en relación con el descubrimiento de otros elementos materiales probatorios y la presentación de por otros 200 testigos.
El despacho fijó para el 23 de julio la audiencia preparatoria, pero no pudo realizarse.
LA NACIÓN
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